¿En qué consiste el IRPH?

armstudio | 25 septiembre 2020

En Bufete Javier Guerrero continuamos con las publicaciones relacionadas con el ámbito de la vivienda, y como mencionamos en la publicación anterior sobre la cláusula suelo, vamos a conocer en qué consiste el IRPH, es decir, el índice de referencia de los préstamos hipotecarios. Se trata de una cláusula financiera que durante algunos años han utilizado las entidades financieras en multitud de casos, como medio para fijar el tipo de interés variable que remunera al banco o caja por la concesión de préstamos hipotecarios. La mayoría de los préstamos hipotecarios están referenciados al Euríbor, pero en España se calcula que más de un millón de los mismos fueron referenciados con el IRPH, la mayoría todavía vigentes. Este índice se calculaba con una serie de datos que facilitaban anualmente las entidades bancarias al Banco de España de acuerdo con la media de los intereses que cobraban a sus clientes. Se utilizó porque supuestamente era más estable que el Euríbor, por tanto daba mayor seguridad al cliente y podría resultar más barato, pero en la práctica los clientes cuyos préstamos hipotecarios estaban referenciados al IRPH han pagado bastante más, incluyendo también comisiones y gastos sobre el interés nominal. Cuando el Euríbor empezó a bajar (llegando a valores negativos en febrero de 2016), el IRPH, sin embargo, se mantuvo en valores apenas inferiores al 2%, lo que supuso un encarecimiento de las cuotas de las hipotecas entre 200 y 300 euros al mes.

¿Mi hipoteca está referenciada al IRPH?

Para saber si tiene IRPH en su hipoteca debe revisar la escritura de tu préstamo hipotecario. Habitualmente, el IRPH debería encontrarse en la cláusula de la escritura bajo la rúbrica de «intereses» o «tipo de interés variable». Otra posibilidad es analizar tu recibo de préstamo hipotecario para saber si está pagando un interés superior al 2%, si es así es muy posible que su préstamo hipotecario tenga aplicado el IRPH.

¿Es nulo el IRPH?

La nulidad de este índice ha sido ampliamente discutida por los Tribunales. El Tribunal Supremo sentenció que era un sistema válido pero con posterioridad, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha puesto en entredicho su validez. No ha afirmado de forma tajante que sea un sistema nulo, pero ha dejado la valoración de su posible nulidad a cada juez a la vista de las circunstancias particulares de cada caso concreto que se le plantee. El próximo 30 de septiembre de 2020 está previsto que el Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo haga la votación y fallo sobre uno de los muchos recursos de casación que tiene pendientes en resolución de una pretensión anulatoria del IRPH Cajas, y en la que tendrá que aplicar la doctrina de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), de fecha 3 de marzo de 2020.

¿Se puede reclamar la diferencia?

Efectivamente, en nuestro despacho disponemos de economistas que hacen un estudio detallado de la diferencia abonada indebidamente por efecto de la aplicación del índice IRPH, y en el caso de que el cliente así lo decida, procedemos a reclamarle a la entidad bancaria su devolución, acudiendo a los Juzgados si ello fuera necesario.

Amplia experiencia

En Bufete Javier Guerrero contamos con una amplia experiencia y casos favorables en cláusulas IRPH y en cláusulas suelo. Por ello, si necesitas asesoramiento legal sobre cómo realizar el procedimiento de reclamación citado anteriormente, no dudes en contactar con nosotros a través del teléfono 950 083 802 y en el correo electrónico javier@bufeteguerreroacosta.com. Además, puedes seguir informándote en las publicaciones de nuestro blog http://bufete-guerrero-acosta.local/blog/ y nuestro Facebook.

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